Las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar, o a cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas, son Bienes de Dominio Público de la Federación, inalienables e imprescriptibles y mientras no varíe su situación jurídica, no están sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional; siendo que para ser ocupados y aprovechados se requiere concesión o permiso transitorio otorgado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
ACT LEGAL cuenta con personal con amplia experiencia en este tema, y elabora los estudios necesarios a efecto de obtener las concesiones y permisos necesarios para la generación de proyectos productivos o para el goce para ornato de la Zona Federal Marítimo Terrestre.